Protección de Datos
REGLAMENTO (UE)2016/679. Reglamento General de Protección de Datos.
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es el reglamento europeo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos. Entró en Vigor el 24 de mayo de 2016 y resulta de obligado cumplimiento desde el 25 de mayo de 2018.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).
Desde el 7 de diciembre de 2018 es obligatorio para todas las empresas que tengan presencia en internet cumplir en su página web con los requerimientos de las siguientes normativas/leyes:
1. Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).
2. Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) – REGLAMENTO (UE) 2016/679.
En Protecmir somos expertos en la implementación, mediante un plan personalizado, de los procedimientos necesarios para que tu empresa cumpla con lo estipulado en dichas normativas.
NUESTRO PLAN DE ACCIÓN PARA USTED
REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO
Confeccionar un registro de las actividades de tratamiento efectuadas bajo su responsabilidad.
ANÁLISIS DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE IMPACTO
Determinar el nivel de riesgo en el tratamiento de datos de carácter personal mediante un análisis de riesgos previo de los sistemas de información e instalaciones de tratamiento de datos. Realizar una evaluación de impacto, de conformidad con el artículo 35 del RGPD, si procediera.
DEFINIR MEDIDAS DE SEGURIDAD TÉCNICAS Y ORGANIZATIVAS
Determinar medidas de seguridad adecuadas contra el tratamiento no autorizado o ilícito, contra la pérdida de datos personales, la destrucción o el daño accidental, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.1.f del RGPD. Determinar las medidas técnicas y organizativas encaminadas a asegurar la integridad y confidencialidad de los datos personales, y la posibilidad de demostrar que estas medidas se han llevado a la práctica (responsabilidad proactiva) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 del RGPD.
MANUAL DE MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD
Redactamos un manual de medidas y procedimientos de seguridad para el tratamiento de datos de carácter personal. Este manual incluye el procedimiento a establecer para atender los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación del tratamiento y portabilidad de los afectados a tenor de los derechos fijados en el RGPD y en la LOPDGDD. Además, en el manual se incluye el procedimiento a establecer para la resolución y notificación de brechas de seguridad a la Agencia Española de Protección de Datos.
Le proporcionamos asimismo los contratos de encargado de tratamiento, los contratos de confidencialidad para empleados y las cláusulas informativas y/o consentimientos correspondientes para cumplir con el deber de información, y/o acreditar el consentimiento para el tratamiento de datos de carácter personal.
SEGUIMIENTO Y CONTROL MEDIANTE AUDITORÍAS
Elaboramos auditorías e implantamos controles de verificación del cumplimiento de las medidas de seguridad técnicas, jurídicas y organizativas en los sistemas de información e instalaciones de tratamiento de datos.
DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS EXTERNO
En los supuestos en los que resulte obligatorio para su organización, de conformidad con los artículos 37 a 39 del RGPD, prestamos servicios como delegado de protección de datos externo.
SOFTWARE DE GESTIÓN
Nuestro software le permite implantar y mantener actualizado la normativa de protección de datos de una manera rápida y eficaz, mediante una aplicación que puede controlar desde su propia entidad.
Este software le permitiría:
- Implantar la normativa del RGPD y mantenerla actualizada.
- Llevar a cabo la Evaluación de impacto y el Análisis de riesgo previo establecidos en el RGPD.
- Gestionar procedimientos y obligaciones de manera automatizada.
- Actualizar los procedimientos y medidas de seguridad.
- Generar contratos (terceros, trabajadores y clientes) y cláusulas informativas.
RÉGIMEN SANCIONADOR DE LA LOPDGDD
- Muy graves: La sanción por este tipo de infracción supera los 300.000 €.
- Graves: Las sanciones van desde los 40.001 € hasta los 300.000 €.
- Leves: Conllevarán una sanción máxima de 40.000 €.